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DERECHOS Y DEBERES DE LOS PACIENTES

Derechos de los pacientes

1:Acceder a los servicios y tecnologías de salud, que le garanticen una atención integral,oportuna y de alta calidad. Sin que se le impongan trámites administrativos adicionales de los de ley.

2:Recibir cuidado oportuno y de alta calidad por un grupo especializado conformado por nefrología, nutrición, psicología, trabajo social y enfermería, que cumpla con los estándares de atención en diálisis y garantizar el cumplimiento de la mayor parte de los indicadores clínicos. Así mismo tiene derecho a recibir de su nefrólogo explicación clara de las opciones de tratamiento sus ventajas y desventajas, así como conocer los indicadores clínicos, indicadores de calidad de agua que recibe y tipo de filtros o soluciones de hemodiálisis o diálisis peritoneal que están utilizando en su tratamiento.

3: Recibir por escrito las razones por las que se niega el servicio de salud.

4: Recibir atención de emergencia sin retardo innecesario cuando su condición amerite sin que sea exigible documento o cancelación de pago previo alguno. Además tiene derecho a conocer los planes de emergencia, evacuación en caso de desastre que tiene la unidad renal donde realiza la terapia.

5: Brindar Atención prioritaria a usuarios menores de 18 años, gestantes, adultos mayores y población en situación de discapacidad.

6:Elegir libremente el asegurador, la IPS y el profesional de la salud que quiere que lo trate, dentro de la red disponible.

7: Ser orientado respecto a los servicios prestados en la Unidad.

8:Que como cotizante su Entidad Administradora de Planes de Beneficios (EAPB) le pague las licencias y las incapacidades médicas.

9: Tener protección especial cuando se padecen enfermedades catastróficas y de alto costo como ENFERMEDAD RENAL CRÓNICA, sin el cobro de cuotas moderadoras o copagos.

10: Recibir información sobre los canales formales para presentar reclamaciones, quejas,sugerencias y en general, para comunicarse con la administración de la Unidad como ante entidades autorizadas (Secretarías de Salud, Superintendencia Nacional de Salud, Personería y Defensoría del Pueblo) y recibir una respuesta por escrito.

11: Recibir un trato digno, respetando sus creencias y costumbres, así como las opiniones personales que tengan sobre los procedimientos; no ser obligados a soportar sufrimiento evitable, ni obligados a padecer enfermedades que pueden recibir tratamiento.

12: Recibir los servicios de salud en condiciones de higiene, seguridad y respeto a su intimidad.

13: A que se le preste durante todo el proceso de la enfermedad, asistencia de calidad por trabajadores de la salud debidamente capacitados y autorizados para ejercer, donde se agote todas las posibilidades de tratamiento dentro de la capacidad de la Unidad Renal, para la superación de su enfermedad.

14: Recibir servicios continuos, sin interrupción y de manera integral incluyendo servicio de trabajo social, consejo nutricional y abordaje por psicología.

15: Obtener información clara y oportuna de su estado de salud, de los servicios que vaya a recibir y de los riesgos del tratamiento.

16: Recibir una segunda opinión médica si lo desea y a que su asegurador valore el concepto emitido por un profesional de la salud externo.

17: Recibir o rechazar apoyo espiritual o moral.

18: Se garantiza la confidencialidad y privacidad durante la atención médica y la adecuada custodia de toda la información consignada en la historia clínica, sin perjuicio de la posibilidad de acceso a la misma por los familiares en los eventos autorizados por la ley o las autoridades en las condiciones que esta determine.

19: Obtener información clara, apropiada y suficiente por parte del profesional de la salud tratante que le permita tomar decisiones libres, conscientes e informadas respecto de los procedimientos que le vayan a practicar y riesgos de los mismos. Ninguna persona podrá ser obligada, contra su voluntad, a recibir un tratamiento de salud. En caso que desistir, rechazar o abandonar el tratamiento o terapia renal ofrecida el paciente deberá indicar esto por escrito y deberá asumir toda la responsabilidad acarreada por tal decisión.

20: Ser incluido en estudios de investigaciones científicas y/o experimentales, sólo si lo autoriza.

21: A que se le respete la voluntad de aceptación o negación de la donación de sus órganos de conformidad con la ley.

CARTA DE DEBERES DE LOS PACIENTES:

1: El paciente en terapia renal tiene la responsabilidad de aprender sobre su enfermedad renal y otras aquellas relacionadas con la misma, además con los tratamientos que recibe para cada una de ellas. Tiene el deber de hablar con su nefrólogo o su equipo médico sobre las dudas que tenga sobre su enfermedad.

2: Seguir las indicaciones realizadas por el equipo médico, proveer la información necesaria para su óptimo tratamiento y cumplir a cabalidad el manejo ordenado por su nefrólogo.

3: Llegar a tiempo a sus terapias de diálisis y consulta médica, entendiendo con esto su grado de compromiso para una buena adherencia al tratamiento. El paciente en terapia renal tiene el deber de llamar con antelación a la Unidad Renal e informar si no puede asistir a la sesión para ser reasignado. Así mismo debe entender que la llegada tarde implica menos tiempo de diálisis, un daño a su salud, un sobrecosto al sistema y negarle la posibilidad de tratamiento a otro paciente.

4:Cuidar su salud, la de su familia y su comunidad.

5: Actuar de manera solidaria ante las situaciones que pongan en peligro la vida o la salud de las personas.

6:Respetar al personal de la Unidad Renal y a los demás pacientes.

7: Cumplir las normas y actuar de buena fe frente al Sistema de Salud.

8:Brindar la información requerida para la atención médica y contribuir con los gastos de acuerdo con su capacidad económica.

9: Usar adecuada y racionalmente los servicios ofertados por la Unidad, así como los recursos del sistema.

10: Acatar las políticas de la unidad renal y cuidar las instalaciones donde le presten dichos servicios.

11: Informar la no adherencia al tratamiento y asumir las consecuencias de esto cuando sea con ocasión de sus decisiones.

12: Mantener su afiliación al Sistema General de Seguridad Social en Salud, así como realizar el pago oportuno de sus cotizaciones para asegurar la continuidad del tratamiento.

13: Decidir su participación activa en la asociación de usuarios y diferentes medios de participación ciudadana.

Fuente: Carta de Derechos y Deberes. Superintendencia Nacional de Salud. Ley 1751 de 2015. Artículo 10°. “Ley Estatuaria de Salud”. Ministerio de Salud y Protección Social. Manual de Derechos y Deberes en Pacientes con Terapia de Reemplazo Renal (TRR). Defensoría del Pueblo / Cuenta de Alto Costo / Observatorio Renal Interinstitucional